<<4. Sin embargo, este Tribunal advierte que, en materia de servicios públicos, el acceso al agua potable no es la única necesidad básica que tenemos las personas, ni es el único servicio público que pueda ser tratado como un derecho no enumerado (y, eventualmente, también positivizado). La vida en el mundo moderno requiere de ciertos … Seguir leyendo Tribunal Constitucional # 1: Exp. N.° 02151-2018-PA/TC – Lima: El servicio de energía eléctrica como derecho fundamental