El Acuerdo de Sala Plena N.° 01-2026/TCP, publicado el 6 de marzo de 2026 en "El Peruano", establece que las multas mínimas para micro y pequeñas empresas no deben ser inferiores a una UIT. Sin embargo, un voto en minoría argumenta que esto contraviene el principio de legalidad y la intención legislativa de no aplicar dicho mínimo.