¿Puede considerarse cumplida una condición de pago cuando la Entidad impide de mala fe su realización?

El Tribunal determinó que la falta de emisión del Informe de la Unidad Formuladora no fue culpa del Contratista, quien cumplió con las condiciones de pago. A pesar de los argumentos de la Entidad, que bloqueó injustificadamente el pago final, se declaró el cumplimiento de la condición y se ordenó el pago correspondiente con intereses.

¿La conducta pasiva del contratista frente a rechazos técnicos que considera injustificados configura una aceptación tácita que destruye la antijuricidad?

Un contratista impugnó el rechazo de sus equipos por exigencias no estipuladas en el contrato. Sin embargo, el árbitro desestimó su reclamación, argumentando que el contratista no formalizó su oposición ni utilizó los mecanismos contractuales de controversia, interpretando su adaptación a los requerimientos como aceptación tácita.

¿La pretensión de indemnización por daños y perjuicios en contratos estatales está sujeta al plazo de caducidad de 30 días hábiles del artículo 45.5 de la LCE (Ley 30225)?

Para que opere la caducidad en contratos estatales, se requieren dos condiciones: que la materia esté en el artículo 45.5 LCE y que la acción se realice dentro de 30 días hábiles. La indemnización por daños no está incluida, permitiendo su reclamación más allá de ese plazo antes del pago final del contrato.

¿Constituye el resultado «No Conforme» del control de calidad una causal de fuerza mayor que justifica el retraso del contratista en la entrega del producto farmacéutico?

El problema central radica en determinar si el contratista puede invocar la fuerza mayor —prevista en el artículo 1315 del Código Civil y el numeral 5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley 30225— como causal exoneratoria de responsabilidad frente a la entidad, cuando los lotes de Cisplatino (medicina) entregados obtuvieron resultados "No Conforme" … Seguir leyendo ¿Constituye el resultado «No Conforme» del control de calidad una causal de fuerza mayor que justifica el retraso del contratista en la entrega del producto farmacéutico?

¿Está facultado el Tribunal Arbitral para declarar directamente la conformidad del servicio sin remitir esa decisión a la Entidad?

El Tribunal se divide sobre la validez de la negativa de la Entidad hacia el Contratista. El laudo mayoritario sostiene que el Tribunal puede declarar la conformidad directamente, priorizando la eficacia del arbitraje. En cambio, el laudo minoritario insiste en que la conformidad debe emanar del área usuaria, trasladando el riesgo al Contratista.

¿Está obligado el Contratista a completar el saldo impago de la garantía de fiel cumplimiento constituida mediante retención?

El Tribunal Arbitral determinó que tras la resolución por responsabilidad del Contratista, la Entidad puede exigir el saldo restante de la garantía de cumplimiento del contrato. A pesar de retener solo S/ 134,710.19, el Consorcio debe pagar el saldo de S/ 495,021.39 más intereses legales desde el 17 de julio de 2023.

Si el contratista no presenta la liquidación a la Entidad en el plazo de 60 días (art. 94.1 DS 071-2018-PCM) y la Entidad tampoco ordena al supervisor elaborarla de oficio (art. 94.3), ¿pierde el contratista su derecho a liquidar? ¿Puede presentar válidamente una nueva liquidación después de vencidos ambos plazos, o la Entidad puede rechazarla por extemporánea?

Las partes no cumplieron con el procedimiento de liquidación del contrato de obra. El silencio de la Entidad respecto a las liquidaciones presentadas se interpreta como consentimiento tácito, conforme al Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. El árbitro concluye que la liquidación presentada por el Contratista es válida y debe ser reconocida por la Entidad.

¿Es posible que una resolución válida de una Entidad pueda ser ineficaz?

La Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) establece requisitos para la validez y nulidad de actos administrativos, pero no regula todas las causales de ineficacia. Un acto puede ser nulo e ineficaz, pero la ineficacia no se produce hasta su declaración. Además, un acto válido puede ser eficaz o ineficaz según su impacto jurídico.

Constatación Física Parcial y Validez de la Liquidación: Los Requisitos Mínimos de Participación Contractual

La controversia arbitral surgió por observaciones del PRONIS a la liquidación del contrato de supervisión del Consorcio Supervisor Huancavelica en el proyecto del Hospital de Huancavelica. El Tribunal Arbitral determinó la validez de la liquidación, desestimando las observaciones de PRONIS y reconociendo el saldo a favor del consorcio.