La carga de diligencia del administrado en la revisión de notificaciones electrónicas

Este caso examina la validez de las notificaciones electrónicas en procedimientos administrativos. Una empresa minera cuestionó la sanción de Sunafil argumentando que la notificación solo enviada a su casilla electrónica era inválida. La Corte Suprema rechazó esta defensa, reafirmando que las notificaciones digitales son legalmente válidas y deben ser revisadas por el destinatario.

Criterios mínimos sobre la notificación en casilla electrónica: el caso del empleador que accedió a este intrumento antes o durante la fiscalización laboral

La Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Laboral mediante Resolución de Sala Plena N.° 002-2023-SUNAFIL/TFL establecieron como predente administrativo de observancia obligatoria sobre la casilla electrónica lo siguiente: «13. En ese sentido, reconociendo la discrepancia existente (la que habría de resolverse en cuanto haya más Salas del TFL implementadas), la Primera Sala mínimamente ha consensuado … Seguir leyendo Criterios mínimos sobre la notificación en casilla electrónica: el caso del empleador que accedió a este intrumento antes o durante la fiscalización laboral