La Entidad ejecutó obras que no contaron con cuaderno de obra digital, pese a su cumplimiento obligatorio, limitando la posibilidad de tener una herramienta de control y los principios de eficiencia, eficacia y transparencia que rige a toda contratación pública. Fuente: Orientación de Oficio N.° 018-2021-OCI/2181-SOO. https://cutt.ly/AWNlKeW
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