Construction tools and safety gear on wooden table outside Harbor View Residences at sunset

Si un contrato de obra fue declarado nulo por culpa del propio contratista, ¿igual hay que hacer la liquidación?

La liquidación es obligatoria en todos los casos, según la Opinión N° D000039-2026-OECE-DTN del OECE. Aunque la nulidad sea atribuible al contratista, este debe rendir cuentas y la entidad pública debe calcular y reconocer las obligaciones económicas pendientes. El procedimiento y plazo deben evaluarse caso por caso.