¿Aplica el OECE criterios de derecho privado («lo no prohibido está permitido») donde corresponde el régimen restrictivo del derecho administrativo («solo lo expresamente autorizado») en la delegación de contrataciones directas?

La Opinión N° D000062-2025-OECE-DTN aborda si el Titular de una entidad puede delegar la aprobación de contrataciones directas en situaciones críticas. Concluye que es posible, ya que no hay una prohibición expresa en la ley. Sin embargo, esta interpretación contraviene el principio de legalidad, que rige las acciones de entidades públicas.