El Consorcio Cochapampa impugnó la oferta del Consorcio San Sebastián debido a discrepancias entre los datos de contacto en su declaración jurada y la ficha RUC de SUNAT. El Tribunal resolvió que no era necesario que coincidieran exactamente, confirmando la autonomía empresarial y estableciendo que la discrepancia no constituía incumplimiento legal.