¿La entidad debe pagar intereses producto de los reajustes en valorizaciones de obra?

Según el numeral 38.3 del artículo 38 del Reglamento y el artículo 195 de dicho cuerpo normativo, los reajustes se calculan sobre la base del coeficiente de reajuste “K” que se conoce al momento de la valorización (conforme a lo dispuesto en el artículo 194 del Reglamento); posteriormente, cuando se conozcan los Índices Unificados de … Seguir leyendo ¿La entidad debe pagar intereses producto de los reajustes en valorizaciones de obra?