Si le procedimiento de recepción de obra se extiende por causas ajenas al contratista ¿la entidad debe reconcer gastos generales?

Sí. El Decreto Supremo 344-2018-EF, en su art. 208, numeral 208.16, establece que el tiempo de retraso durante la recepción de la obra se suma al plazo de ejecución, no extendiéndolo, sino permitiendo al contratista reclamar gastos generales si la demora fue ajena a él. Cabe precisar que la entidad solo efectuará el reconcimiento efectivo … Seguir leyendo Si le procedimiento de recepción de obra se extiende por causas ajenas al contratista ¿la entidad debe reconcer gastos generales?