a person writing on the document

La renuncia tácita al arbitraje y la preclusión de la facultad saneadora del juez

Cuando hay un convenio arbitral y una parte acude a la jurisdicción ordinaria, la otra debe presentar la excepción correspondiente en el plazo establecido. Si no lo hace, renuncia tácitamente al arbitraje. El juez no puede declarar improcedente una demanda por la existencia de un convenio arbitral si la excepción es rechazada.