Fase: Procedimiento de selección.

La descripción errónea de la nomenclatura del procedimiento de selección en la oferta del postor es un aspecto subsanable. Asimismo, el hecho que el postor añada más información sobre la empresa además de su nombre no altera el contenido de su propuesta, ni cambia sustancialmente el alcance de la misma, por tanto, este último aspecto no tendría que observarse.

Fuente: Resolución N.° 0031-2022-TCE-S3
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2706100/Resoluci%C3%B3n%20N%C2%B0%200031-2022-TCE-S3.pdf.pdf

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