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Controversia entre Electrocentro y REP: Compensación por Interrupción del Servicio Eléctrico

La principal controversia entre Electrocentro y REP se centraba en el pago de compensaciones por una interrupción del suministro eléctrico ocurrida entre el 26 de junio y el 3 de julio de 2005 en la ciudad de Huancavelica. Electrocentro alegaba que REP, como propietaria del transformador T9-261 que falló, debía pagar las compensaciones a los usuarios afectados de acuerdo con la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), su Reglamento (RLCE) y la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos (NTCSE).

  • Electrocentro argumentó que la interrupción se debió a una desconexión del punto de entrega, lo que justificaba la aplicación de la NTCSE.
  • Además, se basaron en resoluciones previas de Osinergmin que habían declarado infundada la solicitud de REP de calificar el evento como fuerza mayor.

REP, por su parte, sostenía que:

  • La interrupción no calificaba como una desconexión del punto de entrega según la definición de la NTCSE, por lo que solo correspondía aplicar la LCE y el RLCE.
  • Electrocentro no había acreditado adecuadamente el monto de las compensaciones reclamadas.

El Tribunal de Solución de Controversias (TSC) de Osinergmin, luego de analizar los argumentos de ambas partes, determinó que:

  • REP era responsable de la interrupción, ya que se había confirmado la validez de las resoluciones que declararon infundada su solicitud de fuerza mayor, y la propia REP reconoció su responsabilidad.
  • REP debía pagar a Electrocentro S/. 247 035,00 soles por concepto de compensaciones según la LCE y el RLCE, con los intereses correspondientes desde el 22 de diciembre de 2005.
  • No correspondía el pago de compensaciones según la NTCSE, ya que la interrupción no ocurrió en el punto de entrega pactado entre Electrocentro y sus generadores.

El TSC también observó que Electrocentro parecía no haber cumplido con su obligación de pagar compensaciones a sus usuarios regulados, a pesar de reconocer la afectación. En consecuencia, el TSC:

  • Ordenó a REP el pago de las compensaciones a Electrocentro según la LCE y el RLCE.
  • Puso en conocimiento de la Gerencia de Supervisión de Energía de Osinergmin la posible falta de pago de compensaciones a los usuarios por parte de Electrocentro.
La Cadena de Pago en el Sistema de Compensaciones Eléctrico en Perú

El concepto de «cadena de pago» se refiere al sistema de compensaciones establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), su Reglamento (RLCE) y la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos (NTCSE). Este sistema busca asegurar que los usuarios finales reciban una compensación por las interrupciones del servicio eléctrico, independientemente de dónde se origine la falla en el sistema.

¿Cómo funciona la cadena de pago?

  1. Interrupción del servicio: Cuando ocurre una interrupción del suministro eléctrico que supera las cuatro horas, el distribuidor (en este caso, Electrocentro) debe compensar a sus usuarios regulados según lo establecido en la LCE y el RLCE.
  2. Compensación al distribuidor: Si la interrupción fue causada por una falla en las instalaciones de otro agente del sistema eléctrico (generador o transmisor), el distribuidor tiene derecho a repetir contra el responsable por el monto de las compensaciones pagadas a sus usuarios.
  3. Compensaciones NTCSE: Adicionalmente, la NTCSE establece un sistema de compensaciones por la mala calidad del suministro, que se calcula en función de la duración y frecuencia de las interrupciones. Estas compensaciones son complementarias a las establecidas en la LCE y el RLCE, y se aplican cuando la interrupción afecta el punto de entrega pactado entre el distribuidor y sus generadores.
  4. Resarcimiento al distribuidor: En caso de que se deban pagar compensaciones según la NTCSE, el agente responsable de la interrupción debe resarcir al distribuidor por los montos pagados a los usuarios finales.

En el caso de Electrocentro y REP, la interrupción se originó en un transformador de propiedad de REP, pero aguas abajo del punto de entrega pactado por Electrocentro con sus generadores. Esto significa que REP era responsable de la interrupción y debía compensar a Electrocentro según la LCE y el RLCE, pero no le correspondía pagar compensaciones según la NTCSE.

Importancia de la cadena de pago:

  • Protección al usuario final: El usuario recibe una compensación por la interrupción del servicio, independientemente de la causa.
  • Responsabilidad de los agentes: El sistema incentiva a los agentes del sistema eléctrico a mantener la calidad del servicio, ya que deben asumir los costos de las interrupciones que provoquen.
  • Funcionamiento eficiente del sistema: La cadena de pago asegura que los costos de las interrupciones se trasladen al agente responsable, promoviendo la inversión en mantenimiento y mejoras en la infraestructura eléctrica.

En resumen, la controversia principal se resolvió a favor de Electrocentro en cuanto al pago de compensaciones según la LCE y el RLCE, pero se rechazó su solicitud de compensaciones bajo la NTCSE. Además, se abrió la posibilidad de una investigación sobre el cumplimiento de Electrocentro con sus obligaciones hacia sus usuarios.

Fuente: Resolución Osinergmin N.° 05-2024-OS/TSC-28 del 26.8.2024.


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