Sí. El «monto vigente» del contrato, que sirve de base para calcular la penalidad por mora, es el valor actualizado del contrato que refleja la realidad de la ejecución. Este monto se obtiene a partir de las valorizaciones de los metrados realmente ejecutados por el contratista y se ve afectado por cualquier variación aprobada, como reajustes, prestaciones adicionales, reducciones, ampliaciones de plazo y, por supuesto, mayores metrados. Utilizar este monto garantiza que la penalidad sea proporcional a la magnitud real y actual del contrato.

Fuente: OPINIÓN N° D000012-2025-OECE-DTN del


Descubre más desde Partícula Jurídica

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario