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La Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema en la sentencia de Casación 19798-2016 Lima, concluye que el plazo prescriptorio para reclamar el pago de contribuciones reembolsables prescribe a los diez años, de conformidad con lo establecido en el numeral 1) del art. 2001 del Código Civil.



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