La Entidad durante las distintas etapas del procedimiento de selección, podría advertir (de oficio o a partir de una denuncia) que algún proveedor se encuentra incurso en una causal de impedimento prevista en el artículo 11 de la Ley, ello como producto del cruce de información con distintas herramientas o registros de uso público, como por ejemplo: la Ficha Única del Proveedor, la Relación de proveedores sancionados para contratar con el Estado, el Registro Nacional de abogados sancionados por mala práctica profesional, entre otros; ante lo cual se deberá adoptar también las acciones pertinentes.
Fuente: Opinión 026-2023/DTN
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