3.6. Cuando el impedimento establecido en el literal e) del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley establece que el impedimento se aplica para “todo proceso de contratación”, está haciendo referencia a que, durante el ejercicio del cargo, los titulares de instituciones de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los funcionarios públicos, empleados de confianza, servidores públicos con poder de dirección o decisión, según la ley especial de la materia, se encuentran impedidos de intervenir en todo proceso de contratación pública que se efectúe dentro del territorio nacional.
Fuente: Opinión N.º 002-2024/DTN del 11.1.2024
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