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No, para nada están «blindadas». Las contrataciones a través del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco (Perú Compras) están plenamente sujetas a las penalidades por mora establecidas en el artículo 162 del Reglamento.

Cuando un contratista se atrasa injustificadamente en una compra realizada por Perú Compras, la Entidad debe aplicar automáticamente la penalidad por mora usando la misma fórmula de siempre:

Penalidad diaria = 0.10 x Monto / (F x Plazo en días)

Sin embargo, existe una particularidad importante: Perú Compras puede establecer reglas especiales para cada catálogo, incluyendo «otro tipo de penalidades» adicionales, siempre que respeten los criterios de objetividad, razonabilidad y congruencia.

Las compras por Perú Compras no solo mantienen las penalidades estándar, sino que pueden tener penalidades adicionales más estrictas según las reglas especiales de cada catálogo.

Fuente: Opinión N.° D000024-2025-OSCE-DTN del 2.4.2025


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