¿Durante cuánto tiempo un proyectista sigue siendo «perseguible» legalmente por errores en su expediente técnico?

La "persecución legal" del proyectista tiene un mínimo de 3 años, contados desde la conformidad de obra, periodo en el cual debe absolver consultas y es responsable por errores o deficiencias. Este tiempo puede extenderse por lo establecido en el contrato, manteniendo al proyectista vinculado a su trabajo.

¿Puede un proyectista «desaparecer» después de entregar el expediente técnico y desentenderse de las consultas durante la ejecución de la obra?

El OSCE establece que el proyectista tiene una obligación contractual de responder consultas sobre el expediente técnico durante la ejecución de la obra. Si no cumple en el plazo estipulado, la Entidad puede intervenir, pero el proyectista podría enfrentar sanciones administrativas por su falta de respuesta.

¿Se debe actualizar el valor referencial de un expediente técnico de obra cuando ha transcurrido más de nueve meses desde su aprobación?

3.1. Para la nueva convocatoria de un procedimiento de selección declarado desierto, el valor referencial no puede tener una antigüedad mayor a nueve (09) meses contados desde la fecha de determinación del presupuesto de obra; en caso se hubiese excedido dicho periodo, la Entidad debe actualizar dicho valor referencial. 3.2. En el marco de la … Seguir leyendo ¿Se debe actualizar el valor referencial de un expediente técnico de obra cuando ha transcurrido más de nueve meses desde su aprobación?