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¿Quién dentro de una entidad pública debe firmar la resolución que aprueba una ampliación de plazo en una obra o que autoriza una subcontratación: el jefe máximo de la institución o cualquier funcionario administrativo?

La opinión N° D000034-2026-OECE-DTN establece que la Ley 32069 y su Reglamento no identifican un cargo específico para decisiones contractuales. Se debe revisar la normativa interna de cada entidad para determinar quién tiene la competencia. Solo el funcionario con atribuciones reconocidas puede tomar estas decisiones, según su organización interna.

Construction tools and safety gear on wooden table outside Harbor View Residences at sunset

Si un contrato de obra fue declarado nulo por culpa del propio contratista, ¿igual hay que hacer la liquidación?

La liquidación es obligatoria en todos los casos, según la Opinión N° D000039-2026-OECE-DTN del OECE. Aunque la nulidad sea atribuible al contratista, este debe rendir cuentas y la entidad pública debe calcular y reconocer las obligaciones económicas pendientes. El procedimiento y plazo deben evaluarse caso por caso.

¿El postor con el precio más bajo sigue ganando automáticamente las licitaciones?

La Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069) establece el principio del "Valor por Dinero", que obliga a las entidades a maximizar el valor en cada contratación. Se busca equilibrar calidad y precio, priorizando el cumplimiento del objetivo público y considerando factores como sostenibilidad, costos y plazos de ejecución.

Ley N.° 32069: Cláusulas Clave en Contratos Estatales

La Ley N.° 32069 de Perú establece un marco normativo para contrataciones estatales, destacando cláusulas obligatorias como garantías, anticorrupción, solución de controversias, resolución por incumplimiento, gestión de riesgos, y compromiso de pago de multa. Estas medidas buscan promover transparencia, salvaguardar intereses estatales y garantizar la correcta ejecución de contratos.