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En los procedimientos de selección de obras, la evaluación de "experiencia específica adicional" y "formación académica adicional" del personal clave exige que el equipamiento estratégico se acredite al momento de firmar el contrato, no al presentar ofertas. Solo se verifican la experiencia y calificación del personal en la evaluación inicial.
El Tribunal determinó que la falta de emisión del Informe de la Unidad Formuladora no fue culpa del Contratista, quien cumplió con las condiciones de pago. A pesar de los argumentos de la Entidad, que bloqueó injustificadamente el pago final, se declaró el cumplimiento de la condición y se ordenó el pago correspondiente con intereses.
En el sistema a suma alzada, el postor presenta una oferta fija que cubre el costo total de la obra, asumiendo riesgos de variación. El contratista debe cubrir costos adicionales si hay mayores metrados, mientras que la entidad paga el monto total si hay menores. El precio acordado permanece invariable.
Un contratista impugnó el rechazo de sus equipos por exigencias no estipuladas en el contrato. Sin embargo, el árbitro desestimó su reclamación, argumentando que el contratista no formalizó su oposición ni utilizó los mecanismos contractuales de controversia, interpretando su adaptación a los requerimientos como aceptación tácita.
El proceso arbitral se centra en si la Entidad puede aplicar penalidades al contratista por latencia e indisponibilidad del servicio. Aunque estos conceptos aparecen como criterios de calidad, no fueron especificados como causales de penalidad en el contrato. La árbitro declara inválidas dichas penalidades por falta de fundamentación legal.
Para que opere la caducidad en contratos estatales, se requieren dos condiciones: que la materia esté en el artículo 45.5 LCE y que la acción se realice dentro de 30 días hábiles. La indemnización por daños no está incluida, permitiendo su reclamación más allá de ese plazo antes del pago final del contrato.
El vencimiento del plazo reglamentario sin notificación de la Entidad provoca la aprobación automática de la solicitud de ampliación de plazo, consolidando el derecho del contratista. Una resolución extemporánea que niegue este derecho infringe las normas de contrataciones y podría ser nula conforme a la legislación vigente.
El problema central radica en determinar si el contratista puede invocar la fuerza mayor —prevista en el artículo 1315 del Código Civil y el numeral 5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley 30225— como causal exoneratoria de responsabilidad frente a la entidad, cuando los lotes de Cisplatino (medicina) entregados obtuvieron resultados "No Conforme" … Seguir leyendo ¿Constituye el resultado «No Conforme» del control de calidad una causal de fuerza mayor que justifica el retraso del contratista en la entrega del producto farmacéutico?